Cada solicitante podrá presentar una única solicitud a la presente convocatoria. Con carácter general, toda la documentación presentada deberá ser cumplimentada en español, salvo que las presentes bases prevean que determinados documentos puedan ser aportados en idioma distinto.
Todas las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del formulario digital disponible en la parte superior de este sitio web.
A través de la herramienta digital se deberá cumplimentar y/o adjuntar la siguiente documentación:
- Datos básicos de identificación del solicitante y del proyecto.
- Resumen de la trayectoria profesional del solicitante (máximo 2.000 caracteres, espacios incluidos).
- Resumen del proyecto (máximo 2.000 caracteres, espacios incluidos).
- Curriculum vitae abreviado del solicitante, con especial énfasis en los últimos 5 años (máximo 5 páginas DIN A4, en español o inglés).
- Cinco contribuciones que, a criterio del solicitante, sean las más representativas de su trayectoria. Estas podrán ser aportadas en cualquier idioma junto con un resumen o aclaración en español respetando el título original.
- Dos cartas de referencia de investigadores o expertos del respectivo campo que tengan un conocimiento directo de las contribuciones del solicitante. Las cartas de referencia deberán estar datadas y firmadas por su autor, redactadas en español o en inglés y ser aportadas por los propios investigadores o expertos que avalan al solicitante.
- Memoria del proyecto (máximo 5 páginas DIN A4, en español), que incluya:
– Descripción del proyecto objeto de la beca solicitada, con énfasis en la relevancia e innovación del proyecto.
– Plan de trabajo y calendario de ejecución.
- Presupuesto total bruto desglosado, incluyendo los impuestos y retenciones que en cada caso resulten de aplicación.
- En el supuesto de proyectos que impliquen experimentación en humanos se deberá aportar un informe o dictamen favorable de un Comité de Ética de la Investigación que haya sido debidamente acreditado por el órgano competente o la propia autorización de este último, conforme a los art. 12 y 16 de la Ley 14/2007 de 3 de julio de Investigación Biomédica.
En el supuesto de proyectos que impliquen experimentación en animales se deberá aportar un informe o dictamen favorable de un Comité de Ética de la Experimentación Animal designado como órgano habilitado por el órgano competente o la propia autorización de éste último, conforme al art. 43 del Real Decreto 53/2013 de 1 de febrero por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos.
– En ambos casos este informe o autorización deberá recoger el título del proyecto (el cual deberá coincidir preferentemente con el presentado a la convocatoria), deberá identificar al investigador responsable del mismo y contener una valoración mínimamente razonada.
– Si no hubiese una coincidencia en cuanto al título o bien el solicitante que concurre a la presente convocatoria no figurase como investigador principal en los términos a los que se refiere la Ley 14/2007 o no figurase en el informe como usuario o responsable de la experimentación en los términos del art. 15 del Real Decreto 53/2013, el solicitante deberá aportar acreditación, preferiblemente por parte del comité de ética de su centro de adscripción o del centro en el que se desarrollará la experimentación, explicitando el proyecto bajo el cual la investigación se desarrollará y aclarando tales discrepancias. El solicitante adicionalmente podrá aportar el protocolo ético de la experimentación.
– En ningún caso este protocolo y/o las aclaraciones relativas al título del proyecto o a la no mención del solicitante en el informe podrán entenderse como sustitutivos del requisito de aportación de dictamen favorable o autorización de acuerdo con la normativa vigente.
En el supuesto de proyectos que impliquen ensayos clínicos con medicamentos de uso humano se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1090/2015 de 4 de diciembre y demás normativa aplicable y se aportará, siempre que sea posible, el dictamen favorable del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos y la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Copia del DNI (por ambas caras) o pasaporte.
- En caso de que el solicitante sea un nacional de un país no miembro de la Unión Europea, deberá aportar su tarjeta de identidad de extranjero en vigor en la que se acredite tener residencia de larga duración en España.
- En caso de que el solicitante sea un nacional de otro país miembro de la Unión Europea, deberá acreditar tener residencia en España de al menos tres años de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud, aportando su certificado de registro de ciudadano de la Unión y certificado/s de empadronamiento o informe de vida laboral que acredite la residencia en España durante los tres últimos años. La misma acreditación de residencia procederá para los solicitantes que aporten su condición de familiar de ciudadano de la Unión.
Una vez completada la solicitud, el solicitante recibirá un número de referencia que confirmará su correcta recepción y que deberá ser utilizado para cualquier comunicación ulterior con la Fundación BBVA.