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En las áreas de Matemáticas, Cambio Climático y Ecología y Biología de la Conservación, Biomedicina, Ciencias Sociales y Filosofía

La Fundación BBVA anuncia la convocatoria 2021 de Ayudas a Proyectos de Investigación Científica

Las ayudas a proyectos de investigación objeto de esta convocatoria responden al compromiso de la Fundación BBVA con el impulso de la investigación científica y su proyección a la sociedad, como forma de ampliar las oportunidades individuales y colectivas y abordar de manera eficaz los principales retos del siglo XXI. Puede consultar las bases de la convocatoria en este enlace.

27 diciembre, 2021

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Bases de la convocatoria

Ayudas a Proyectos de Investigación Científica 2021

Las áreas objeto de esta convocatoria son Matemáticas, Cambio Climático y Ecología y Biología de la Conservación, Biomedicina, Ciencias Sociales y Filosofía.

En el área de Matemáticas, las ayudas irán destinadas a investigaciones en las fronteras de la disciplina, incluyendo los retos del milenio del Instituto Clay.

En Cambio Climático y Ecología y Biología de la Conservación, las ayudas se dirigen a proyectos de investigación teóricos y aplicados.

En el área de Biomedicina, las ayudas irán destinadas a proyectos de investigación altamente innovadores en las dos áreas siguientes:

  • Oncología Básica y Traslacional
  • Modelización Epidemiológica SARS-CoV-2

En el área de Ciencias Sociales, las ayudas buscan el desarrollo de nuevos enfoques teóricos en Psicología Cognitiva, Psicología Social, Ciencia Política, Sociología, Demografía, Economía y Derecho, para la comprensión de cuestiones sociales centrales hoy.

En el área de Filosofía, las ayudas se destinarán a proyectos de investigación en las siguientes áreas: Lógica, Filosofía del Lenguaje, Estética, Epistemología Política, Ética Medioambiental y Bioética.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1/ Objeto

El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de  proyectos de investigación en las siguientes áreas:

  1. Matemáticas
  2. Cambio Climático y Ecología y Biología de la Conservación
  3. Biomedicina
  4. Ciencias Sociales
  5. Filosofía

2/ Dotaciones

El número máximo de ayudas y el importe bruto máximo de cada una será el siguiente:

  1. Matemáticas

Se concederá un máximo de 4 ayudas, tanto para el desarrollo de proyectos individuales como proyectos de equipo, con un importe bruto máximo de 150.000 euros por proyecto.

Los proyectos idealmente deberán contemplar la organización de reuniones científicas internacionales a celebrarse en España, la contribución a la formación pre y posdoctoral y la colaboración interdisciplinar. Aún no siendo requisitos imprescindibles, serán tenidos en cuenta en la valoración de las solicitudes.

  1. Cambio Climático y Ecología y Biología de la Conservación

Se concederá un máximo de 4 ayudas, con un importe bruto máximo de 125.000 euros por proyecto. Podrán ser proyectos de un solo investigador o de equipos. Los proyectos podrán ser de naturaleza teórica o aplicada. Se valorarán especialmente proyectos que combinen las perspectivas del cambio climático y de la ecología y conservación de la biodiversidad.

  1. Biomedicina

Se contemplan dos subáreas:

  • Oncología Básica y Traslacional: se concederá un máximo de 4 ayudas a equipos con un importe bruto máximo de 150.000 euros por proyecto.
  • Modelización Epidemiológica SARS-CoV-2: se concederá un máximo de 2 ayudas a equipos, con un importe bruto máximo de 100.000 euros por proyecto. Se valorarán especialmente proyectos que combinen análisis de microbiología, virología, epidemiología, estadística e informática.
  1. Ciencias Sociales

Se concederá un máximo de 5 ayudas, tanto para el desarrollo de proyectos individuales como de equipos, con un importe bruto máximo de 50.000 euros por proyecto.

  1. Filosofía

Se concederá un máximo de 20 ayudas, tanto para el desarrollo de proyectos individuales como de equipos, con un importe bruto máximo de 30.000 euros por proyecto.

3/ Plazo de realización

Los plazos máximos de ejecución de los proyectos seleccionados serán los siguientes:

  1. Matemáticas: 3 años
  2. Cambio Climático y Ecología y Biología de la Conservación: Con carácter general 2 años, extensible un año más previa justificación de su necesidad.
  3. Biomedicina
  • Oncología Básica y Traslacional: Con carácter general 2 años, extensible un año más previa justificación de su necesidad.
  • Modelización Epidemiológica SARS-CoV-2: 2 años
  1. Ciencias Sociales: Entre 12 y 18 meses.
  2. Filosofía: Entre 12 y 18 meses.

4/ Solicitantes

Podrán optar a estas ayudas investigadores y grupos de investigación de universidades públicas o privadas, CSIC y otros organismos públicos de investigación, hospitales así como personal investigador de organizaciones privadas no lucrativas.

Los proyectos deberán ser presentados por un único investigador principal, que deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Disponer de la nacionalidad española o de la residencia en España según los términos previstos en estas bases.
  • Estar en posesión del título de doctor en el momento de presentación de la solicitud.
  • Estar vinculado por relación laboral, estatutaria o funcionarial a una institución universitaria o a un organismo público o privado no lucrativo dedicado a la investigación, todos ellos con sede en España. Este vínculo deberá mantenerse durante el periodo previsto para el desarrollo del proyecto presentado. El posible traslado del proyecto aprobado a otro centro distinto por razón de movilidad del investigador principal deberá contar con la aprobación expresa de la Fundación BBVA.

El resto de los investigadores del equipo deberán pertenecer a universidades o centros públicos o privados no lucrativos dedicados a la investigación de cualquier país.

5/ Requisitos de los proyectos

Los proyectos habrán de ser originales e inéditos y estar presididos por un carácter claramente innovador. En la memoria del proyecto se deberá poner de manifiesto, de forma expresa, la novedad y avance que se espera aportar al correspondiente campo de investigación, así como su aplicabilidad.

Caso de existir otras ayudas para la realización del proyecto presentado (concedidas o solicitadas), se deberá hacer constar expresamente, aportando información sobre los importes y naturaleza de las mismas.

Los investigadores que concurran a esta convocatoria solo podrán hacerlo en un único proyecto.

6/ Presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán ser presentadas por el investigador principal, previa conformidad de la entidad universitaria o del organismo de investigación al que esté vinculado, a través de la herramienta digital de remisión de solicitudes disponible en este sitio web.

A través de la herramienta digital los solicitantes deberán facilitar, además de la información general del proyecto, la siguiente documentación:

  • Copia del DNI o pasaporte del investigador principal.
  • En caso de que el investigador principal sea un nacional de un país no miembro de la Unión Europea, deberá acreditar tener residencia de larga duración en España, aportando tarjeta de identidad de extranjeros en vigor.
  • En caso de que el investigador principal sea un nacional de otro país miembro de la Unión Europea, deberá acreditar tener residencia en España de al menos tres años de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud, aportando su certificado de registro de ciudadano de la Unión y certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España durante los tres últimos años.
  • Memoria del proyecto, en formato libre y debidamente cumplimentada en todos sus apartados:
    • Estado de la cuestión y objetivos.
    • Metodología de la investigación.
    • Experiencia e idoneidad del grupo de investigación.
    • Plan de trabajo y calendario.
    • Plan de difusión y explotación de resultados.
    • Presupuesto.
  • Curriculum vitae de todos los integrantes del equipo investigador. Dichos documentos se presentarán siguiendo el modelo de la convocatoria.
  • En el supuesto de proyectos de Biomedicina que impliquen experimentación en humanos se deberá aportar un informe o dictamen favorable de un Comité de Ética de la Investigación que haya sido debidamente acreditado por el órgano competente o la propia autorización de este último, conforme a los art. 12 y 16 de la Ley 14/2007 de 3 de julio de Investigación Biomédica.

En el supuesto de proyectos de Biomedicina que impliquen experimentación en animales se deberá aportar un informe o dictamen favorable de un Comité de Ética de la Experimentación Animal designado como órgano habilitado por el órgano competente o la propia autorización de éste último, conforme al art. 43 del Real Decreto 53/2013 de 1 de febrero por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos.

– En ambos casos, este informe o autorización, deberá recoger el título del proyecto (el cual deberá coincidir preferentemente con el presentado a la convocatoria), deberá identificar al investigador responsable del mismo y contener una valoración mínimamente razonada.

– Si no hubiese una coincidencia en cuanto al título o bien el solicitante que concurre a la presente convocatoria no figurase como investigador principal en los términos a los que se refiere la ley 14/2007 o no figurase en el informe como usuario o responsable de la experimentación en los términos del art. 15 del Real Decreto 53/2013, el solicitante deberá aportar acreditación, preferiblemente por parte del comité de ética de su centro de adscripción o del centro en el que se desarrollará la experimentación, explicitando el proyecto bajo el cual la investigación se desarrollará y aclarando tales discrepancias.

– El solicitante adicionalmente podrá aportar el protocolo ético de la experimentación.

– En ningún caso este protocolo y/o las aclaraciones relativas al título del proyecto o a la no mención del solicitante en el informe, podrán entenderse como sustitutivos del requisito de aportación de dictamen favorable o autorización de acuerdo con la normativa vigente.

En el supuesto de proyectos de Biomedicina que impliquen ensayos clínicos con medicamentos de uso humano se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1090/2015 de 4 de diciembre y demás normativa aplicable y se aportará, siempre que sea posible, el dictamen favorable del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos y la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

  • En el apartado del presupuesto habrá de tenerse en cuenta que los conceptos de gasto admitidos serán los siguientes:
  • a/ Equipamiento científico-técnico inventariable necesario para la investigación, justificando la necesidad de su adquisición.
  • b/ Personal investigador:
    • Contratos de investigadores posdoctorales (nacionales o extranjeros).
    • Becas o contratos predoctorales (nacionales o extranjeros).
    • Pagos de estancias de investigadores extranjeros (miembros del grupo de investigación) en España o de investigadores españoles (miembros del grupo de investigación) en otros países.
  • c/ Gastos de viaje (de los miembros del grupo de investigación y de los becarios y/o investigadores contratados).
  • d/ Material fungible destinado al proyecto.
  • e/ Otros gastos necesarios para la ejecución del proyecto.
  • f/ Impuesto sobre el valor añadido (IVA), en su caso.

Adicionalmente, se podrán imputar costes indirectos asociados a la realización del proyecto, para lo que se tendrán en cuenta los criterios de cada institución.

Las solicitudes deberán presentarse en español, salvo en el caso de las áreas de Biomedicina y Matemáticas, que se presentarán preferentemente en lengua inglesa.

Una vez completada la solicitud a través de la herramienta digital, la Fundación BBVA remitirá al solicitante el correspondiente acuse de recibo con un número de referencia que deberá ser utilizado en cualquier comunicación ulterior.

7/ Plazo de presentación de solicitudes

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 15 de marzo de 2022, a las 18:00 h, hora peninsular.

La solicitud deberá haber sido totalmente tramitada no más tarde del día y hora señalados anteriormente.

Si la solicitud contuviera errores subsanables, la Fundación BBVA lo pondrá en conocimiento del solicitante y le requerirá que, en el plazo improrrogable de 15 días naturales desde dicha comunicación, subsane los mismos para que la solicitud pueda ser incluida en el proceso de evaluación y selección.

8/ Proceso de selección

Las solicitudes recibidas se someterán a un proceso de selección por parte de una comisión evaluadora específica de cada área designada por la Fundación BBVA, que estará compuesta por expertos de reconocido prestigio.

Estas comisiones evaluadoras actuarán con completa independencia, ateniéndose a las mejores métricas propias de la especialidad y garantizando la ausencia de conflicto de intereses.

El proceso de evaluación y selección por parte de las comisiones evaluadoras se realizará en dos pasos:

  1. Valoración individual por cada experto integrante de la comisión evaluadora.
  2. Valoración colegiada por la comisión evaluadora, que otorgará una puntuación final a cada proyecto y establecerá el correspondiente ranking.

La decisión podrá alcanzarse por consenso o mayoría simple. En el proceso de evaluación de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  1. Innovación y calidad científica del proyecto.
  2. Trayectoria del investigador principal y del resto del equipo investigador.
  3. Plan de difusión de los resultados del proyecto.
  4. Adecuada justificación del presupuesto.

Las deliberaciones de las comisiones evaluadoras tendrán carácter confidencial.

9/ Resolución

La resolución de la convocatoria se hará pública no más tarde del 15 de mayo de 2022. La convocatoria podrá declararse total o parcialmente desierta y la decisión de la comisión evaluadora será inapelable.

La resolución de la convocatoria se hará pública en el sitio web de la Fundación BBVA, www.fbbva.es, donde se informará de los proyectos seleccionados y la composición de las comisiones evaluadoras.

No se mantendrá correspondencia o comunicación adicional alguna con los solicitantes de proyectos que no hayan resultado seleccionados.

En ningún caso se facilitará información desagregada o individualizada sobre las solicitudes recibidas, ni sobre la deliberación de las comisiones evaluadoras.

10/ Formalización de la ayuda

El organismo al que esté vinculado el investigador principal del proyecto seleccionado habrá de suscribir un documento de aceptación de la ayuda y regulación de las condiciones de la misma con la Fundación BBVA que contendrá, entre otros, los siguientes aspectos:

  • Cantidad concedida y forma de pago.
  • Conceptos de gastos admitidos y forma de justificación de los mismos.
  • Presentación de informes de seguimiento de los hitos del proyecto y de sus resultados finales.
  • Derechos de explotación, difusión y publicación de los resultados de la investigación.
  • Regulación de los posibles incumplimientos.

La firma del citado documento será condición indispensable para la percepción de la ayuda concedida.

La fecha de inicio de los proyectos seleccionados tendrá lugar no más tarde del 1 de julio de 2022.

11/ Seguimiento del proyecto

El investigador principal de los proyectos seleccionados deberá presentar a la Fundación BBVA un informe anual del desarrollo científico y de la ejecución del presupuesto del proyecto conforme al modelo facilitado al efecto.

Al término del proyecto, el investigador principal deberá presentar un informe final conforme al modelo facilitado por la Fundación BBVA. El informe deberá incluir tanto la dimensión estrictamente científica como la correspondiente justificación del gasto total realizado, conformada por el organismo al que esté vinculado el investigador principal.

El informe anual y el informe final del proyecto serán objeto de evaluación por una comisión de expertos designada por la Fundación BBVA. La comisión podrá pedir aclaraciones por escrito y, en su caso, convocar a reuniones al investigador principal y/u otros miembros del equipo al objeto de realizar la evaluación.

Cualquier modificación significativa del proyecto aprobado deberá ser comunicada y autorizada expresamente por la Fundación BBVA.

12/ Pago de la ayuda

La ayuda concedida se librará a favor del organismo al que esté vinculado el investigador  principal y se hará efectiva en varios plazos, de acuerdo con las fases de desarrollo del proyecto. Un 10% de la cantidad total concedida se abonará tras la entrega y evaluación favorable del informe final del proyecto de investigación.

13/ Resultados y difusión de los proyectos de investigación

Los resultados de los proyectos serán de dominio público y se garantizará su máxima difusión entre la comunidad científica a través de publicaciones especializadas, conferencias, comunicaciones en congresos y reuniones científicas.

Los proyectos incluirán un plan de comunicación a la sociedad de los resultados a través de distintos soportes (electrónicos, impresos, conferencias).

La Fundación BBVA se reserva el derecho de publicación y difusión de los resultados de los proyectos de investigación seleccionados bajo la forma de documentos de trabajo, de documentos electrónicos o de libros, bien a través de su propio sello editorial o en colaboración con editoriales académicas, siempre que ello no afecte a las publicaciones en revistas científicas de la elección de los propios investigadores, que deberán hacer constar el apoyo recibido de la forma siguiente: “Título del proyecto – Ayudas Fundación BBVA a Proyectos de Investigación Científica 2021”.

La Fundación BBVA podrá solicitar la colaboración de los investigadores en actividades de difusión de los resultados del proyecto que serán, en todo caso, programadas de común acuerdo.

14/ Aceptación de las bases

El hecho de concurrir a la presente convocatoria supone la aceptación de sus bases y de su resolución, que será inapelable, así como la renuncia a cualquier tipo de reclamación.

Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, la Fundación BBVA se reserva el derecho de modificar la redacción de las bases a fin de aclarar o precisar su contenido, sin que ello pueda suponer una alteración sustancial ni arbitraria del mismo. El texto de las bases estará disponible durante el plazo de vigencia de la presente convocatoria en este sitio web.